Fuentes comunitarias afirman que "después de la
sentencia de diciembre de 2016, España ha tomado medidas para la recuperación
del Goodwill III [como se conocen las ayudas fiscales que permiten la
amortización fiscal del fondo de comercio generado por la adquisición de firmas
extranjeras a través de sociedades interpuestas] y está en contacto con la
Comisión para la recuperación completa de los otros dos casos sobre el
asunto". Otras fuentes del mercado reconocen que ya han recibido algunas
notificaciones de la Agencia Tributaria informando del proceso de recuperación
de las ayudas.
5.000 millones menos
Pese a que la larga y compleja batalla judicial aún no
ha concluido, tras conocer la sentencia de diciembre la Comisión reclamó a
España que iniciase el procedimiento para la devolución de estas ayudas. Y el
Gobierno responde en el Programa de Estabilidad, remitido hace unas semanas a
la Comisión: "España procederá a recobrar las ayudas a través del nuevo
procedimiento de recuperación aprobado en la última reforma de la Ley General
Tributaria, de 2015". Añade que "ya ha relacionado las entidades que
serán objeto de las actuaciones".
Fuentes de Hacienda admiten que están preparados para
iniciar la recuperación de las deducciones. Estiman que podrán recobrar algo
menos de 1.000 millones, muy por debajo de lo esperado por Bruselas, donde se
especulaba con una cifra que rondaba los 8.000 millones.
Hacienda añade que las empresas afectadas deberán
reducir sus bases imponibles negativas en unos 5.000 millones y rebajar
deducciones por más de 60 millones. El ministerio precisa que la minoración de
bases imponibles negativas y de deducciones supondrá un aumento de los ingresos
futuros, aunque admite que es muy difícil cuantificarlo.
El Ejecutivo indica en el Plan de Estabilidad que no
tiene en cuenta "ningún ingreso por esta actuación" y que esta
iniciativa brindará "un margen de maniobra positivo para garantizar el
cumplimiento" del déficit. Es decir, que en caso de desviación acelerará
este procedimiento. La Agencia Tributaria es la encargada de realizarlo. Y lo
hace de oficio mediante una notificación a la empresa que contiene la propuesta
de liquidación. La sociedad dispone entonces de 10 días para presentar
alegaciones.
Mientras el Gobierno inicia el proceso, arrecian las
voces que creen que aún existen dudas jurídicas sobre si estas desgravaciones
pueden ser consideradas ayudas de Estado. Un informe de Miguel Muñoz, socio de
EY Abogados, explica que "para tener una resolución definitiva sobre la
existencia de ayuda de Estado habrá que esperar a que el Tribunal General de la
UE [que juzga los asuntos de Competencia] dicte su nueva sentencia, la cual
será susceptible de recurso ante el TJUE. De esta forma, es más que probable
que la resolución definitiva de este expediente deba esperar aún varios
años".
En la misma línea opina Luis Enrique Rodríguez, socio
de Deloitte Legal, quien recuerda que el Gobierno está obligado a poner en
marcha el proceso de recuperación de ayudas tras la sentencia del TJUE. Con
todo, recuerda que el Tribunal General tiene que volver a pronunciarse sobre si
ese régimen fiscal es ayuda de Estado. Lluis Basart, de Auren Abogados, duda de
que España pueda recuperar todas las ayudas por la complejidad del proceso
legal.
Fuentes empresariales también opinan que resultará
difícil que Hacienda recupere esas cantidades, sobre todo porque las empresas
han registrado numerosas pérdidas en los años de crisis, lo que les ha impedido
beneficiarse de buena parte de las ayudas por el fondo de comercio.
COMENTARIO: Desde Europa
apuntaron a las grandes empresas, esas que mantienen al PP en el poder,
pagándoles sus campañas electorales y jugosas comisiones.
¿Qué nos apostamos a que esos mil millones, se los
acaban quitando a la Pequeña y Mediana Empresa? y si aún les falta algo, nos meterán
la mano en el bolsillo a los de la nómina o los Pensionistas. Y si fuera
necesario, se privatizan los Registros Civiles y las Comisarías de cercanías.
Estos sátrapas, siempre encuentran solución.LA RECORTA…


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