Publicado: 15 mayo 2016 http://es.rt.com.
El incidente se produjo cuando Philip Hammond se
dirigía a Gibraltar para promocionar la postura del Gobierno británico en el
referendo del 23 de junio que decidirá si el Reino Unido abandona la UE.
La
autoridades españolas prohibieron que sobrevolara su espacio aéreo el avión en
el que el ministro del Exterior británico, Philip Hammond, se dirigía a
Gibraltar, informa el portal Sunday Express. A causa de la prohibición, el
avión tuvo que sobrevolar el espacio aéreo portugués.
El canciller realizó una visita este jueves 11 de mayo
a Gibraltar, un territorio británico de ultramar, con el fin de apoyar la
postura del Gobierno de Londres en el referendo que se celebrará el 23 de
junio, y en el que se decidirá si el Reino Unido mantiene su permanencia como
parte de la Unión Europea. Hammond aseguró que si Gibraltar apoya la salida de
la UE Londres no podrá defender sus intereses en el futuro.
Gibraltar se encuentra bajo control británico desde
1713 de acuerdo al artículo X del Tratado de Utrecht. En 1967 y 2002 se
realizaron sendos referendos, en los que la población local rechazó la
propuesta de convertir Gibraltar en un territorio con soberanía compartida
entre España y el Reino Unido.
De momento las autoridades españolas no han comentado
oficialmente el incidente. España mantiene la postura de descolonizar los
espacios cedidos por el Tratado de Utrecht. El pasado mes de abril se produjo
en aguas de Gibraltar un incidente entre un barco de la Armada británica y un
patrullero español.
COMENTARIO: España está
en todo su derecho a prohibir que aviones de otro País, invadan su espacio aéreo,
ya que remontándonos el tratado de Utrecht, no incluye el espacio aéreo ni
tampoco el marítimo, y así lo explicó sin extenderme demasiado en el tema…
Aunque el
Tratado de Utrecht cedió únicamente las aguas del puerto, y la propiedad del
peñón (sin ceder su espacio aéreo),33 en la práctica el gobierno británico hace
uso de las aguas colindantes con el peñón como si fuesen parte de su espacio
marítimo. En la primera mitad del siglo XVIII, el concepto de las 3 millas
náuticas (5,6 km) en todo el mar territorial soberano surgió y fue finalmente
adoptado por la mayoría de los países como base de la jurisdicción marítima,
hasta que la Convención de las Naciones Unidas sobre el Derecho del Mar de
1982, que entró en vigor en 1995, estableció un nuevo estándar de 12 millas
náuticas (22 km). Las aguas que Gibraltar reclama actualmente se extienden
hasta las 3 millas náuticas. España incluyó una declaración, cuyo contenido fue
rechazado por el Reino Unido. Según el ministro principal de Gibraltar, Peter
Caruana, "España suscribió este tratado, sin hacer reserva alguna en
relación con la cuestión de Gibraltar. El derecho internacional hace que la
negativa de España en las aguas territoriales de Gibraltar completamente
insostenible en derecho".34
La declaración española al ratificar la convención
fue:
2. Al ratificar la convención, España quiere dar a
conocer que este acto no puede ser interpretado como el reconocimiento de los
derechos o de su estatuto con respecto al espacio marítimo de Gibraltar que no
están incluidos en el artículo 10 del Tratado de Utrecht de 13 de julio 1713
celebrado entre las Coronas de España y Gran Bretaña. Por otra parte, España no
considera que la Resolución III de la Tercera Conferencia de las Naciones
Unidas sobre el Derecho del Mar, es aplicable a la colonia de Gibraltar, que
está sujeto a un proceso de descolonización en el que sólo las resoluciones
pertinentes aprobadas por la Asamblea General de las Naciones Unidas son
aplicables.35
La declaración británica al ratificar la convención
fue:
Con respecto al punto 2 de la declaración hecha al
ratificar la Convención por el Gobierno de España, el Gobierno del Reino Unido
no tiene ninguna duda acerca de la soberanía del Reino Unido sobre Gibraltar,
incluidas sus aguas territoriales. El Gobierno del Reino Unido, como autoridad
administradora de Gibraltar, hace extensible la adhesión del Reino Unido al
convenio y la ratificación del convenio a Gibraltar. El Gobierno del Reino
Unido, por lo tanto, rechaza el punto 2 de la declaración española por carecer
de fundamento.36
El artículo 310 de la Convención de 1982 establece que
"las declaraciones no pueden excluir o modificar los efectos jurídicos de
las disposiciones de la convención" en su aplicación.
La disputa sobre las aguas territoriales, que reavivó
el conflicto pesquero entre ambos países, parece llegar a ser más importante
con el descubrimiento de un barco con tesoros británico, el HMS Sussex, y la
controversia del proyecto del Cisne Negro que finalmente falló a favor del
Reino español por la justicia de los EE.UU.. Preguntas sobre las aguas
previamente se les ha pedido en la Cámara de los Comunes, y respondió de la
siguiente manera:
Según el derecho internacional, los Estados tienen el
derecho, pero no es obligatorio, para extender su mar territorial hasta un
alcance máximo de 12 millas náuticas. Cuando las costas de dos Estados sean
adyacentes o situadas frente, la regla general es que no tiene derecho, salvo
acuerdo en contrario, a extender su mar territorial más allá de la línea media.
El Gobierno del Reino Unido considera que un límite de tres millas náuticas es
suficiente en el caso de Gibraltar.
El Gobierno de Gibraltar por su parte, sostiene que no
existe una necesidad económica o social por más de tres millas náuticas de las
aguas territoriales.
A finales de 2008, la Comisión Europea incluyó la
mayor parte de las aguas territoriales que rodean Gibraltar bajo un área de
conservación marina conocida como el "Estrecho Oriental", que será
mantenida por España.LA RECORTA…



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