Publicado: 1 agosto 2015http://es.rt.com: Un conductor
español ha sido multado con 300 euros por llamar "colega" a la
Policía, en base a la NUEVA ley de SEGURIDAD Ciudadana, apodada como 'Ley
Mordaza'.
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Al conductor se le MULTA por infringir el artículo
37.4 por "faltas de respeto y consideración" hacia "un miembro
de las Fuerzas y Cuerpos de Seguridad en el ejercicio de sus funciones de
protección de la seguridad", no siendo la conducta constitutiva de
infracción penal, informa el Foro Transportistas.
Según el texto de la multa, que ha sido difundida por
el foro, el denunciado estaba siendo sometido a la prueba de alcoholemia,
cuando trató a los agentes de la Policía de manera "despectiva y
desconsiderada".
La polémica ley, que entró en vigor el 1 de julio y
busca restringir protestas, ya tuvo UNA primera víctima, Eduardo Díaz Coello,
de 27 años de edad, que expresó en el perfil de Facebook de la alcaldesa Carmen
Luisa Castro su descontento por el traslado de la SEDE de la Policía Local.
COMENTARIO: 10 cosas que ya no podrá hacer con la
nueva Ley de Seguridad Ciudadana. ¿Disfrazarse de policía? No. ¿Beber con
sus amigos dentro de un local? No. ¿Perder el DNI? No. ¿Grabar una agresión
policial? No. Ha decidido reunir a su grupo de AMIGOS PARA cantar villancicos
esta Navidad en la Puerta del Sol? Ahórreselo o se las verá con la justicia. Si
no tiene el permiso del Ayuntamiento estaría usted infringiendo la ley al
considerarse espectáculo público o ACTIVIDAD recreativa. Está considerado con
la nueva ley como una infracción muy grave, que se sanciona con multa de 30.001
a 600.000 EUROS. La Navidad le saldría muy cara.
2. No se volverán a repetir las manifestaciones frente
al CONGRESO de los Diputados (o el SENADO o las Asambleas de las Comunidades).
Da igual que estén reunidos o no. Si decide acercarse y perturbar de forma
grave la seguridad ciudadana será considerado una infracción grave. Le pueden
multar desde 601 hasta 30.000 EUROS.
3. Un agente de la autoridad le pide su
identificación. Y usted le pide (está en su derecho) a él la suya. Se niega y
usted también. Mal. Infracción grave. Le pueden arrestar y, posteriormente, le
llegará a su domicilio una carta pidiéndole hasta 30.000 euros. ¿Detendrán (y
MULTARÁN) también a los policías que se nieguen a identificarse?
4. ¿Su amigo le va a PRESTAR el disfraz de poli para
el Carnaval? Error. Usar en público uniforme, insignias oficiales o RÉPLICAS y
otros elementos de los cuerpos policiales o de los servicios de emergencia “que
PUEDAN generar engaño” se considera infracción grave. Luzca el disfraz de
gatita de todos los años.
5. Si está en plena mudanza y ha decidido bajar ese
sillón, aún servible, a la calle porque sabe que no va a durar más de 10
minutos antes de que alguien lo recoja, ¡alarma! Hasta AHORA había enseres que
podía dejar en los contenedores de basura habituales, con la nueva ley se
considerará una “perturbación grave de la SEGURIDAD ciudadana”. ¡Cuántas casas
hemos amueblado rebuscando en las calles!
6. Ya no volverá a ver una acampada social. Adiós al
15M y a cualquier otra plataforma. Las fuerzas de seguridad podrán desalojar
'de inmediato' la ocupación de la vía pública.
7. ¿Cuántas veces ha perdido o le han sustraído el
DNI? Tenga mucho ojo ahora con eso. No podrá perder más de tres veces en un año
la DOCUMENTACIÓN, le obligarán a pagar una multa de hasta 600 euros. Pero lo
más curioso de esto es que si usted tampoco denuncia la sustracción o el
extravío le caerá la misma multa. Registre bien sus pantalones antes de
meterlos en la lavadora.
8. Adiós a beber alcohol en la calle. PARA siempre.
AHORA las fuerzas de SEGURIDAD tendrán la potestad de acudir a donde esto esté
sucediendo y, además de multar, desalojar la vía. Lo curioso de este epígrafe
en la nueva ley es el SIGUIENTE: “No se podrá consumir bebidas alcohólicas en
lugares, vías, ESTABLECIMIENTOS o transportes públicos”. ¿Establecimientos? ¿Un
local alquilado por varios amigos es un establecimiento?
9. ¿Le ha quedado bonita la pancarta contra el
presidente del Gobierno para la manifestación? ¡Déjela en casa! Ahora “no se
podrán llevar pancartas o gritar consignas claramente ofensivas o vejatorias
contra España, las comunidades autónomas o sus símbolos o instituciones”.
¿Cantaremos entonces villancicos? Ah, no, que tampoco se puede.
10. ¿Recuerda aquella actuación policial en la
estación de Atocha donde las fuerzas de seguridad se excedieron tras una
manifestación de Rodea el Congreso? ¿O el caso del hombre fallecido en
Barcelona después de haber sido reducido y arrestado por los Mossos d´Esquadra?
Se colgaron en redes sociales, se pidieron responsabilidades y hubo ceses. Pues
ya no es posible. Olvide “grabar actuaciones de las Fuerzas y Cuerpos de
SEGURIDAD ni compartirlas en redes sociales”. ¿Si hay violencia policial debe
quedar en la estricta intimidad e impunidad? Es la puta realidad de esta ley
que hasta la ONU a dicho al gobierno que la retire, pero ni por esas la retiran,
claro porque es una fuente de ingresos, enormes, es lo que hay y si nadie lo
remedia tendremos que acatar.LA RECORTA…


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