La prisión permanente revisable se instauró
en España en el año 2015 pero sólo aplicable para ocho
supuestos de delitos graves. Ahora este listado se amplía para incluir el
asesinato con obstrucción de la recuperación del cadáver; el asesinato tras
secuestro; la violación en serie (afecta a quienes han reincidido en este
delito y se aplica en la tercera ocasión); la violación a un menor tras haber
sido privado de libertad o torturado y, finalmente, a las muertes ocasionadas
por incendios, estragos o liberación de energía nuclear o elementos
radiactivos.
El titular de Justicia Rafael Catalá ha negado que el
proyecto del Gobierno tenga motivaciones electoralistas, pero lo cierto es que
él mismo ha señalado como motivación clave para enviarla ahora al Congreso el
hecho de que según "todas las encuestas" en torno al 80% de los
ciudadanos, independientemente de su ideología política, reclama este tipo de
castigo para los delitos más graves.
Catalá ha recordado que la prisión permanente
revisable se ajusta a lo previsto por la Corte Penal Internacional y
a la Convención Europea de Derechos Humanos y que obtuvo todos los
informes preceptivos cuando se aprobó en España en el año 2015.
"Pese a ello", ha señalado Catalá, "en el
Congreso hay una proposición para derogarla". Frente a esta
intención, el Gobierno "se compromete" no sólo a impedirlo sino
también a ampliar los supuestos a los que se aplica; casos que, según el
ministro, son "extraordinarios y muy excepcionales".
La pena de prisión permanente revisable existe en un
buen número de países europeos y por ello Catalá se ha preguntado qué pasa en
España para que aquí la intención de algunas fuerzas políticas sea la
contraria. "España no debe ser una excepción", ha asegurado antes de
precisar que esta pena "no es inhumana" porque incluso, al ser
revisable y depender de la rehabilitación, puede ser incluso menor que las
penas máximas de 40 años.
En Francia, Alemania o Italia este
tipo de pena se aplica no sólo a delitos gravísimos como los que ahora pretende
ampliar el Gobierno sino también a otros como la rebelión. En España el
Gobierno no tiene intención por el momento de subir las penas aplicables a
delitos como la rebelión o la sedición que ya es muy altas, aunque sí asegura
que debe legislarse para evitar que estos en ningún
caso puedan beneficiarse de una medida como el indulto.
Los nuevos delitos de prisión permanente revisable
Asesinato con obstrucción de la recuperación del
cadáver
Asesinato después de secuestro
Violación en serie
Violación a un menor tras privarle de libertad o
torturarle
Muertes en incendios, estragos en infraestructuras
críticas o liberación de energía nuclear o elementos radioactivos
COMENTARIO: El de no
revelar dónde está el cadáver después de su muerte hacía mucha falta, el
sufrimiento que se infringe a las familias por el empecinamiento de no decir
dónde está hay que evitarlo a toda costa, y lo cierto, parece una medida de los
más disuasoria. Vaya, menos más que parece que hay una incipiente intención de
hacer política para los ciudadanos, y no para sus propias ideas y sus futuros...LA RECORTA…
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