La
Sala de lo Civil ha resuelto lo contrario. Los
magistrados se han centrado en que es la ley la que claramente establece que es
el prestatario (el cliente) el sujeto pasivo del impuesto. En esa línea -y
aunque no obligaba estrictamente a la Sala Civil- ya se había pronunciado
anteriormente la Sala de lo Contencioso-Administrativo del Supremo.
Anteriormente
la Sala Civil del Supremo había considerado abusivo imponer al cliente todos
los gastos de constitución de la hipoteca. Ese criterio no se modifica, por lo
que siguen siendo correctas las decisiones judiciales que asignan a las
entidades otros gastos hipotecarios distintos del Impuesto de Actos Jurídicos
Documentados. Unánime
La decisión del Supremo ha sido adoptada por
unanimidad, lo que no hace previsible que la disputa pueda tener recorrido
en el Tribunal de Justicia de la Unión Europea.
Para su veredicto, los magistrados han partido de
su propia jurisprudencia sobre la efusividad de una cláusula que, sin
negociación y de manera indiscriminada, atribuye en todo caso el pago de los
gastos e impuestos al consumidor, a pesar de que la ley hace una distribución
de los mismos en función del supuesto.
Dicha doctrina, dictada en diciembre de 2015, provocó una
avalancha de pleitos por parte de asociaciones de consumidores y
despachos de abogados especializados, que ofrecieron una salida a los millones
de españoles que suscribieron estas cláusulas.
A tenor de las estimaciones de los expertos, los
gastos de formación en el caso de una hipoteca media, constituida por valor de
150.000 euros, alcanzarían cerca de los 3.000 euros.
Unas cifras que alentaron a reclamar por la vía
judicial la nulidad de esta cláusula, pero también del impuesto, a pesar de que
anteriormente la sala de lo Contencioso-Administrativo del alto tribunal
determinó que, al formalizar una hipoteca, el banco sólo debe abonar los gastos
de notaría o registro, apenas el 10 % del total o unos 300 euros de media.
Extremo ratificado esta mañana por los jueces en su
última deliberación, en la que se remiten a la jurisprudencia de la sala
Tercera y recuerdan que el sujeto pasivo del impuesto aparejado a la
constitución del préstamo es el cliente.
COMENTARIO: Con todas
estas triquiñuelas que se gastan los tribunales superiores de justicia en
concomitancia con los bancos y los políticos de turno, lo mejor es tener el
dinero guardado a buen recaudo que no es el banco, por si con tanto cambiar las
leyes cuando vayamos a recogerlo igual tenemos que poner dinero, así que lo
siento por todos esos políticos que aconsejan ahorrar para cuando nos jubilemos,
que ahorren ellos que sí que tienen el dinero seguro a la hora de recuperarlo.
El poder es el dinero y por lo tanto los bancos son el poder y cuando no tienen
dinero el estado les salva de la ruina a cuenta del dinero de los ciudadanos.
Con tanta tecnología ahora dependemos de ellos hasta para ir al cagadero y por
lo tanto tenemos que hacer lo que ellos quieran mirando siempre por sus
intereses, nuestra libertad de elegir lo que nos interesa hacer en este campo
ha sido destruido.LA RECORTA…


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