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domingo, 19 de marzo de 2017

Los nuevos españoles que nunca debieron serlo El Gobierno otorga por error la nacionalidad a decenas de delincuentes con detenciones o sentencias firmes

 ELENA G. SEVILLANO. Madrid 19 MAR 2017: Jesús E. G., dominicano, consiguió la nacionalidad española por residencia el 18 de noviembre de 2013. El Ministerio de Justicia consideró que cumplía los tres requisitos que se le piden a cualquier solicitante: un tiempo determinado de residencia legal en España, integración y buena conducta cívica. Ya era un español más.  Sin embargo, a Justicia se le escapó algo. Jesús había sido condenado el 19 de febrero de ese año, es decir, ocho meses antes, por un juzgado de lo penal de Madrid por un delito de tráfico de drogas. Nadie comprobó si Marcial tenía antecedentes penales o policiales antes de hacerle español. De haberlo hecho, Justicia habría visto otra detención, en febrero de 2010, también por tráfico de drogas, y otra de 2009, por asociación ilícita y abuso sexual. La Constitución garantiza que “ningún español de origen podrá ser privado de su nacionalidad”. ¿Y si no lo es de origen? Se puede, y está sucediendo cada vez más. En apenas cinco años se han multiplicado por 10 los casos de revocación de la nacionalidad española. Han pasado de ser anecdóticos a llegar por decenas hasta la Audiencia Nacional, que solo en solo en 2016 ha dictado una treintena de sentencias, a las que ha tenido acceso EL PAÍS.
Una de ellas declaró en noviembre pasado que el corto periodo de Jesús como español de pleno derecho había terminado. Los magistrados apuntan en el fallo a los errores cometidos durante el procedimiento: “Al valorar el requisito de buena conducta cívica, se debieron considerar no solo las circunstancias existentes al presentarse la solicitud, sino también las que se hubieran podido producir a lo largo de la tramitación del expediente gubernativo”.
Jesús aportó al principio del procedimiento, que se puede demorar más de dos años, un certificado de buena conducta que nadie volvió a comprobar hasta que se le concedió la nacionalidad. Mientras tanto, su currículum sumó detenciones y hasta una sentencia condenatoria, que no se detectaron. “Debió tenerse en cuenta […] que existía una causa penal pendiente por un delito de drogas”, dice la Audiencia Nacional, que añade que existían también “otras detenciones por la Guardia Civil, de suficiente gravedad como para no tener por cumplido el requisito de buena conducta cívica”.
Homicidio imprudente
Tampoco en el caso de Gustavo V. P. Era una noche de agosto de 2010. Yoana S., de 25 años, iba en su bicicleta por la avenida de Guipúzcoa de Pamplona cuando un Ford Focus se la llevó por delante. El choque fue tan brutal que salió disparada por encima y cayó varios metros más atrás. Murió días después.
Al volante estaba Gustavo, que conducía a 112 kilómetros por hora en una vía donde la velocidad máxima permitida era de 50 y con 0,48 miligramos de alcohol por litro de aire espirado. La luna delantera del coche quedó resquebrajada hasta el punto de que no se veía nada, pero siguió conduciendo hasta llegar a su casa, saltándose un semáforo en rojo por el camino, y escondió el coche en el garaje. Le detuvieron apenas un par de horas después.
Dos años después, en octubre de 2012, Gustavo, colombiano, consiguió la nacionalidad española por residencia. El Ministerio de Justicia consideró que cumplía todos los requisitos, incluido el de buena conducta cívica. A esas alturas, sin embargo, era más que un presunto homicida: había sido condenado por un juzgado de lo penal varios meses antes, en enero. El juez le consideró autor de dos delitos de homicidio imprudente y omisión del deber de socorro. La Audiencia Provincial confirmó la condena posteriormente. El Ministerio de Justicia tardó casi dos años en enterarse de que había hecho español a un homicida. Fue un informe de la Dirección General de la Policía el que, en agosto de 2014, alertó de que Gustavo estaba en la cárcel por una condena firme. Entonces inició el proceso para retirarle la nacionalidad. El procedimiento, un acto administrativo, se denomina declaración de lesividad, lo inicia el propio ministerio a través del Abogado del Estado y debe ser aprobado por el Consejo de Ministros, que declara que una decisión es "lesiva para el interés público". Es la manera que tiene la Administración de corregirse a sí misma. 
En 2010 solo llegaron cuatro de estos casos a la mesa del Consejo de Ministros. En 2014 ya eran 65. “El aumento del número de lesividades ha coincidido con el incremento de la resolución de expedientes de nacionalidad por residencia en el marco del Plan Intensivo de Tramitación de Expedientes de Nacionalidad, desde septiembre de 2012”, explica en respuesta escrita el Ministerio de Justicia. “Al incrementarse el número de resoluciones lo ha hecho también el de lesividades, en los años posteriores a la resolución de los expedientes”, En la treintena de casos analizados, la Audiencia Nacional ha dado la razón al Abogado del Estado y ha revocado la nacionalidad a otras tantas personas. En algunos casos, hasta cinco y seis años después de que Justicia se las concediera. Más de la mitad son casos de tráfico de drogas. También hay tres de homicidio.
Falta de control
¿Cómo es posible que Justicia conceda nacionalidades sin consultar los registros de penados y sentencias que gestiona el propio ministerio? “Por absoluta falta de control durante el proceso de tramitación de la nacionalidad”, asegura Marcelo Belgrano, coordinador de Extranjería del Colegio de Abogados de Madrid. Si un solicitante de nacionalidad ha cometido delitos, o incluso ha sido condenado, "se debería haber sabido, sobre todo porque es el mismo ministerio el que regula el registro", añade.
Belgrano cree que la externalización de la tramitación a los registradores de la propiedad, dentro del plan de choque que el Gobierno puso en marcha en 2012 ante el alud de tramitaciones sin resolver, también puede haber provocado alguno de estos errores. “Al no estar familiarizados con todo el proceso de adquisición de nacionalidad, se han constatado bastantes errores en la resolución de muchos expedientes”, señala.
Justicia reconoce que la dirección general que concede las nacionalidades no accede a los registros.“Se solicitan los informes preceptivos para evaluar el requisito de buena conducta cívica y en función de ellos se toma una decisión”, afirma un portavoz. Ahora hay “un mayor control de los expedientes de nacionalidad, y especialmente de personas que están cumpliendo condena en centros penitenciarios”, apunta Belgrano. Muchos procedimientos se inician tras recibir informes policiales. 
Es el caso del ecuatoriano Nezzar Alejandro E. D., condenado a 11 años y seis meses de prisión por homicidio por la Audiencia Provincial de Murcia en 2012. Su condena fue posterior a la concesión de la nacionalidad, pero cuando el Ministerio de Justicia le comunicó que era español, en julio de 2011, hacía dos meses que había matado de una puñalada en el corazón al joven Iván Coca en Mazarrón (Murcia).
La Audiencia Provincial no consideró acreditado que el consumo de alcohol hubiera afectado a sus capacidades. Tras un altercado en la calle, de madrugada, el hombre volvió a su casa a buscar dos cuchillos. Durante el juicio alegó que hubo un forcejeo y que no tenía intención de matar. La sentencia califica ese forcejeo de “inexistente”. Su detención la madrugada del crimen no le constaba al Ministerio de Justicia cuando le dio la nacionalidad.
Detenido en Francia
Hay otros casos en los que resulta más difícil para la Administración comprobar los antecedentes de un solicitante de nacionalidad. A Juan Pablo (nombre ficticio) se la concedió en junio de 2013, un año después de que fuera detenido por un delito de tráfico de drogas. La detención se produjo en Francia. Después le condenaría un tribunal de Montpellier a cinco años de cárcel.
COMENTARIO: DD.BCN.ESP. ¡Qué desastre de país, de funcionariado...! Resulta que damos la ciudadanía a delincuentes y a gente decente, honrada, agradecida y excelentes profesionales, se quedan sin ella. Y lo que es más grave: aquí no pasa nada, nadie asume su desidia, nadie es responsable de nada. Pero, bueno, que vamos a esperar. ¿Cuantos jueces han dejado por error o "por error" libres, a importantes capos mafiosos condenados a largos años de cárcel? Y, repito: responsabilidades al maestro armero.LA RECORTA…

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