Una de ellas declaró en noviembre pasado que el corto
periodo de Jesús como español de pleno derecho había terminado. Los magistrados
apuntan en el fallo a los errores cometidos durante el procedimiento: “Al
valorar el requisito de buena conducta cívica, se debieron considerar no solo
las circunstancias existentes al presentarse la solicitud, sino también las que
se hubieran podido producir a lo largo de la tramitación del expediente
gubernativo”.
Jesús aportó al principio del procedimiento, que se
puede demorar más de dos años, un certificado de buena conducta que nadie
volvió a comprobar hasta que se le concedió la nacionalidad. Mientras tanto, su
currículum sumó detenciones y hasta una sentencia condenatoria, que no se
detectaron. “Debió tenerse en cuenta […] que existía una causa penal pendiente
por un delito de drogas”, dice la Audiencia Nacional, que añade que existían
también “otras detenciones por la Guardia Civil, de suficiente gravedad como
para no tener por cumplido el requisito de buena conducta cívica”.
Homicidio imprudente
Tampoco en el caso de Gustavo V. P. Era una noche de
agosto de 2010. Yoana S., de 25 años, iba en su bicicleta por la avenida de
Guipúzcoa de Pamplona cuando un Ford Focus se la llevó por delante. El choque fue tan brutal que salió
disparada por encima y cayó varios metros más atrás. Murió días después.
Al volante estaba Gustavo, que conducía a 112
kilómetros por hora en una vía donde la velocidad máxima permitida era de 50 y
con 0,48 miligramos de alcohol por litro de aire espirado. La luna delantera
del coche quedó resquebrajada hasta el punto de que no se veía nada, pero
siguió conduciendo hasta llegar a su casa, saltándose un semáforo en rojo por
el camino, y escondió el coche en el garaje. Le detuvieron apenas un par de
horas después.
Dos años después, en octubre de 2012, Gustavo,
colombiano, consiguió la nacionalidad española por residencia. El Ministerio de
Justicia consideró que cumplía todos los requisitos, incluido el de buena
conducta cívica. A esas alturas, sin embargo, era más que un presunto homicida:
había sido condenado por un juzgado de lo penal varios meses antes, en enero.
El juez le consideró autor de dos delitos de homicidio imprudente y omisión del
deber de socorro. La Audiencia Provincial confirmó la condena posteriormente. El
Ministerio de Justicia tardó casi dos años en enterarse de que había hecho
español a un homicida. Fue un informe de la Dirección General de la Policía el
que, en agosto de 2014, alertó de que Gustavo estaba en la cárcel por una
condena firme. Entonces inició el proceso para retirarle la nacionalidad. El
procedimiento, un acto administrativo, se denomina declaración de lesividad, lo
inicia el propio ministerio a través del Abogado del Estado y debe ser aprobado
por el Consejo de Ministros, que declara que una decisión es "lesiva para
el interés público". Es la manera que tiene la Administración de
corregirse a sí misma.
En 2010 solo llegaron cuatro de estos casos a la mesa
del Consejo de Ministros. En 2014 ya eran 65. “El aumento del número de
lesividades ha coincidido con el incremento de la resolución de expedientes de
nacionalidad por residencia en el marco del Plan Intensivo de Tramitación de
Expedientes de Nacionalidad, desde septiembre de 2012”, explica en respuesta
escrita el Ministerio de Justicia. “Al incrementarse el número de resoluciones
lo ha hecho también el de lesividades, en los años posteriores a la resolución
de los expedientes”, En la treintena de casos analizados, la Audiencia Nacional
ha dado la razón al Abogado del Estado y ha revocado la nacionalidad a otras
tantas personas. En algunos casos, hasta cinco y seis años después de que
Justicia se las concediera. Más de la mitad son casos de tráfico de drogas.
También hay tres de homicidio.
Falta de control
¿Cómo es posible que Justicia conceda nacionalidades
sin consultar los registros de penados y sentencias que gestiona el propio
ministerio? “Por absoluta falta de control durante el proceso de tramitación de
la nacionalidad”, asegura Marcelo Belgrano, coordinador de Extranjería del
Colegio de Abogados de Madrid. Si un solicitante de nacionalidad ha cometido
delitos, o incluso ha sido condenado, "se debería haber sabido, sobre todo
porque es el mismo ministerio el que regula el registro", añade.
Belgrano cree que la externalización de la tramitación
a los registradores de la propiedad, dentro del plan de choque que el Gobierno
puso en marcha en 2012 ante el alud de
tramitaciones sin resolver, también puede haber provocado
alguno de estos errores. “Al no estar familiarizados con todo el proceso de
adquisición de nacionalidad, se han constatado bastantes errores en la
resolución de muchos expedientes”, señala.
Justicia reconoce que la dirección general que concede
las nacionalidades no accede a los registros.“Se solicitan los informes
preceptivos para evaluar el requisito de buena conducta cívica y en función de
ellos se toma una decisión”, afirma un portavoz. Ahora hay “un mayor control de
los expedientes de nacionalidad, y especialmente de personas que están
cumpliendo condena en centros penitenciarios”, apunta Belgrano. Muchos
procedimientos se inician tras recibir informes policiales.
Es el caso del ecuatoriano Nezzar Alejandro E. D., condenado a 11 años y seis meses de prisión por homicidio
por la Audiencia Provincial de Murcia en 2012. Su condena fue posterior a la
concesión de la nacionalidad, pero cuando el Ministerio de Justicia le comunicó
que era español, en julio de 2011, hacía dos meses que había matado de una
puñalada en el corazón al joven Iván Coca en Mazarrón (Murcia).
La Audiencia Provincial no consideró acreditado que el
consumo de alcohol hubiera afectado a sus capacidades. Tras un altercado en la
calle, de madrugada, el hombre volvió a su casa a buscar dos cuchillos. Durante
el juicio alegó que hubo un forcejeo y que no tenía intención de matar. La
sentencia califica ese forcejeo de “inexistente”. Su detención la madrugada del
crimen no le constaba al Ministerio de Justicia cuando le dio la nacionalidad.
Detenido en Francia
Hay otros casos en los que resulta más difícil para la
Administración comprobar los antecedentes de un solicitante de nacionalidad. A
Juan Pablo (nombre ficticio) se la concedió en junio de 2013, un año después de
que fuera detenido por un delito de tráfico de drogas. La detención se produjo
en Francia. Después le condenaría un tribunal de Montpellier a cinco años de
cárcel.
COMENTARIO: DD.BCN.ESP. ¡Qué desastre de país, de
funcionariado...! Resulta que damos la ciudadanía a delincuentes y a gente
decente, honrada, agradecida y excelentes profesionales, se quedan sin ella. Y
lo que es más grave: aquí no pasa nada, nadie asume su desidia, nadie es
responsable de nada. Pero, bueno, que vamos a esperar. ¿Cuantos jueces han
dejado por error o "por error" libres, a importantes capos mafiosos
condenados a largos años de cárcel? Y, repito: responsabilidades al maestro
armero.LA RECORTA…


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