El decreto ley es el mismo
que Fomento adelantó a inicios de febrero. En las dos semanas de
negociaciones entre Gobierno, sindicatos y patronal no se han introducido
modificaciones. Un texto que, como ha insistido en la última semana el ministro
de Fomento, Íñigo de la Serna, ha recibido la aprobación de la Comisión
Europea. Además, en caso de que se convalide en el Parlamento, Bruselas pedirá
el desistimiento de la sanción que acumula España por no cumplir la normativa
europea. "Es algo muy inusual que no se puede desaprovechar",
reconocen fuentes de la Administración.
¿Qué cambia en la estiba?
Los estibadores son los encargados de la carga y
descarga de los buques. Además, son los responsables de distribuir el peso
convenientemente en los barcos de forma que ocupe el mínimo espacio y en el
menor tiempo posible. Hasta ahora, las empresas que trabajan en el puerto están
obligadas a participar en una sociedad anónima de gestión de estibadores
portuarios (Sagep) y, además, contratar a los estibadores inscritos en dicha
sociedad. Así, en la práctica, Sagep tiene el monopolio de la estiba tanto en
el establecimiento como de la contratación. El origen del conflicto es la condena a
España del Tribunal de Justicia de la Unión Europea el 11 de diciembre de 2014,
que obliga a España a liberalizar el sistema de contratación.
COMENTARIO: Hay muchos barcos que disponen de grúas para la descarga, creo que en
la actualidad no se les deja usarlas en puertos españoles, no sé qué dice la
sentencia sobre el tema, pero no quiero imaginarme a una tripulación de
filipinos haciéndose cargo de la descarga del barco, digo filipinos porque la
mayoría de barcos tienen esta tripulación ya que es la que sale más barata.LA RECORTA…


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