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lunes, 28 de noviembre de 2016
Multa de 2.800 € a dos menores por humillar a una compañera de clase Los dos chicos escribieron en el grupo del que formaban parte otros compañeros de clase mensajes contra la víctima del tipo "pasa foto culo", "tú la chupas?", "te gustan los 69?" La menor acosada sufrió estrés postraumático que persistió durante cuatro meses. Aunque la niña se dio de baja del grupo de whatsapp, la volvieron a agregar.
Alicante.
28/11/2016: La Sección Tercera de la Audiencia Provincial de Alicante ha
condenado a dos menores a pagar una indemnización de 2.828 euros a una compañera de clase a la que humillaron con mensajes sexuales vejatorios y
ofensivos a
través de un grupo de Whatsapp.
Como consecuencia de los hechos, la víctima,
también menor, sufrió un trastorno por estrés postraumático que persistía cuatro meses después.
Los hechos sucedieron en mayo de 2014 cuando
los dos chicos escribieron en el grupo del que formaban parte otros compañeros
de clase mensajes contra la víctima del tipo "pasa foto culo", "tú la chupas?", "te gustan los 69?", sin el consentimiento de la menor aludida y con
insinuaciones y referencias de contenido sexual, en algún caso con carácter
vejatorio y humillante.
La niña se dio de baja del grupo pero a las
pocas horas la volvieron a agregar. En esta ocasión, los dos chicos hicieron
alusión a su color de pelo y uno de ellos colgó un audio, grabado por una
tercera persona, en el que se escuchaba la palabra "putilla".
Los dos niños fueron condenados por el Juzgado de Menores
número 3 de Alicante en marzo de 2016 por un delito de trato degradante. El juez les impuso nueve meses de tareas
socioeducativas, entre 20 y 40 días de trabajos en beneficio de
la comunidad y
la obligación de pagar a la víctima una indemnización de 2.828 euros, cantidad
a la que tendrían que hacer frente sus padres como responsables civiles directos.
Los condenados apelaron esta sentencia ante
la Audiencia Provincial de Alicante. Reconocían la autoría de los mensajes, pero su
defensa entendía que los hechos no eran constitutivos de un delito de trato
degradante sino de una falta de vejaciones recogida
en un artículo, el 620 del Código Penal, que había sido derogado.
En su resolución, la Sala estima
parcialmente este recurso ya que entiende que para que la acción degradante sea
considerada atentado a la dignidad "requerirá una conducta
continuada" o bien "una intensidad lesiva para la dignidad suficiente".
En este caso, los hechos se produjeron entre
la madrugada y las primeras horas de la mañana de ese mismo día, por lo que la
Audiencia no aprecia una conducta continuada en el tiempo. Además, sin negar el
"carácter
despreciativo y humillante"
de los mensajes, la sentencia explica que las frases "en sí mismas
consideradas, tampoco pueden encuadrarse en esos actos que la jurisprudencia
considera que puedan ocasionar el resultado típico de trato degradante".
Así, la Audiencia Provincial de Alicante
estima parcialmente el recurso de los dos menores y califica los hechos de una
falta de vejaciones. Como tal infracción quedó despenalizada tras la tras la
reforma del Código Penal de 2015, la Sala se ve abocada a absolver a los dos
menores, a quienes retira la sanción penal. Mantiene, no obstante, la
responsabilidad civil, que les obliga a pagar a la víctima más de 2.800
euros.
COMENTARIO: Con las Leyes y normas actuales los padres no tienen
prácticamente autoridad alguna sobre sus hijos ya que no se pueden aplicar ni
castigos ni medidas coercitivas - casi ni siquiera se les puede vigilar sin que
te acusen de invadir su "intimidad" - ¿cuántos padres pueden acceder
al contenido del móvil propiedad de su hijo? . Resulta inverosímil pedir la
responsabilidad a los padres, a quien debiera pedirse es a los legisladores y
defensores a ultranza de los llamados "derechos del menor" obviando
los de sus progenitores, tutores y profesores. En este caso no es a los padres
a quienes hay que multar -salvo en el caso de que hubiesen tenido conocimiento
de los hechos y no los hubiesen denunciado- a quienes hay que corregir es a los
menores y eso no se hace con una multa. LA RECORTA…
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