COMENTARIO: Una llamada a la desobediencia a las
Leyes, un acto de rebeldía, un desprecio a la Constitución y saltarse las Leyes
que emanan de nuestra Carta Magna aceptada por todos...suficientemente grave
como para que las Fuerzas y Cuerpos de Seguridad del Estado, todas, mossos d´ escuadra
incluidos, y que garantizan el cumplimiento de las Leyes, se pongan a las órdenes
de la Fiscalía para hacer valer nuestro Estado de Derecho. Y huelga todo
discurso fátuo, que en un trance como éste, no esté de acuerdo la
Constitución,... y que ésta, se debe aplicar de forma inexorable hasta sus
últimas consecuencias, sea el art. 161, el 155, el art. 1, el 2, que la
soberanía reside en el pueblo,.... y la indisoluble UNIDAD nacional,... o el in
extremis art. 8, mediante el que las fuerzas armadas tienen como misión
GARANTIZAR LA SOBERANÍA NACIONAL.- Muchos de estos independentistas han jurado
la Constitución, entre ellos el inductor y secesionista Artur Mas, gran Mesías
del descalabro que se avecina y que ya no tiene retorno.- Se impondrá la LEY,
por encima de todos y caerán los que tengan que caer.- Estos señores hasta
ahora se han reído olímpicamente de la Justicia, pero estamos en la hora de la
verdad.-LA RECORTA…
URL.LA RECORTA (DIRECTO EN CÓDIGO QR)
martes, 10 de noviembre de 2015
La Fiscalía de la Audiencia Nacional ordena a los Mossos actuar contra delitos de sedición "Las fuerzas de seguridad deberán actuar desde el momento en que el TC invalide la resolución independentista", dice el fiscal jefe de la Audiencia. La Audiencia Nacional podría actuar cuando se ejecuten "actos de rebelión con el propósito de cambiar ilegalmente la organización territorial del Estado". La Audiencia Nacional no es competente para perseguir a aforados, por lo que no podría actuar contra los diputados autonómicos. Sin embargo, sí podría investigar la actuación de "autoridades, funcionarios o particulares" que participen en las acciones señaladas.
AGENCIAS. 10.11.2015: El fiscal jefe de la Audiencia Nacional
ha ordenado a los Mossos d'Esquadra, a la Policía Nacional y a la Guardia Civil
que actúen si en el proceso independentista catalán se produjeran "delitos
contra la forma de Gobierno", en los que se enmarcarían también la
sedición o rebelión. La Fiscalía solicita a las Fuerzas y Cuerpos de Seguridad del
Estado de que le informen de todos los delitos que se puedan cometer si el
Tribunal Constitucional invalidara y dejara sin efecto la resolución
independentista aprobada el pasado lunes por el Parlament. En una
instrucción librada el pasado jueves, el fiscal Javier Zaragoza afirma que la
Audiencia Nacional sería competente para actuar contra las personas no
aforadas, por lo que quedarían fuera los diputados autonómicos. Sin embargo, sí
podría investigar la actuación de "autoridades, funcionarios o
particulares" que participen en estas acciones La Audiencia podría actuar
cuando se ejecuten "actos constitutivos de rebelión y sedición cuando la
finalidad o el propósito de los mismos sea cambiar ilegalmente la organización
territorial del Estado y declarar la independencia de una parte del territorio
nacional, en el caso en cuestión de la Comunidad Autónoma de Cataluña".
Así, manda a las distintas fuerzas de seguridad del Estado y a los Mossos que
si conocen de algún hecho delictivo elaboren un informe o atestado con los
datos de "ejecución, autoría, participación, circunstancias
concurrentes" y lo remitan a los juzgados de instrucción de la Audiencia
Nacional. Entre 10 y 15 años de cárcel Según Zaragoza, los actos que persigan
ese fin violan la Constitución porque "se ejecutan con el propósito de
cambiar ilegalmente la organización del Estado" y las fuerzas de seguridad
deberán actuar desde el momento en que el Tribunal Constitucional invalide la
resolución independentista aprobada ayer en el Parlament catalán, ya que solo
entonces quedaría certificada su ilegalidad. Este delito de sedición -penado con
entre 10 y 15 años de prisión- podría conllevar también, avisa el fiscal jefe,
los de prevaricación, desobediencia, usurpación de atribuciones y el uso
indebido de fondos públicos, que serían competencia de la Audiencia Nacional
como delitos conexos. Además, Zaragoza recuerda que en el caso del delito de
sedición se sanciona asimismo "la conspiración, la proposición y la
provocación" para cometerlo, y añade que no es necesario que se emplee
"fuerza o violencia" para incurrir en él, sino solo el hecho de
"impedir la aplicación de las leyes y el normal funcionamiento de las
instituciones". Delitos contra las instituciones El fiscal jefe menciona
en el escrito, de once páginas, otros delitos contra las instituciones del
Estado -competencia de la Audiencia Nacional- que "presumiblemente pueden
ser cometidos en el curso de este ilegal proceso independentista", como
invadir con fuerza la Asamblea Legislativa, alterar su funcionamiento e impedir
a sus miembros acudir a sus sesiones. Similares casos ocurrirían si se injuria,
se amenaza o se invade de forma violencia instituciones como el Consejo de
Gobierno de la Comunidad Autónoma, el Tribunal Constitucional, el Supremo o el
CGPJ, o a las propias fuerzas de seguridad del Estado. Así, el fiscal jefe
ordena a las distintas fuerzas de seguridad del Estado y a los Mossos que si
conocen de algún hecho delictivo elaboren un informe o atestado con los datos
de "ejecución, autoría, participación, circunstancias concurrentes" y
lo remitan a los juzgados de instrucción de la Audiencia Nacional.
Suscribirse a:
Enviar comentarios (Atom)


No hay comentarios:
Publicar un comentario