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miércoles, 21 de octubre de 2015

El Supremo avala a una empleada de Merca dona despedida por regalar una pescadilla que se iba a tirar. El Tribunal Supremo ha confirmado la sentencia del TSJC que dictaminó la improcedencia de un despido disciplinario de una empleada que regaló un ejemplar de pescado a una clienta que iba a ser tirada a la basura.

 Artículo publicado en El Diario del Treball.20/10/2015: La sala de lo Social del Tribunal Supremo ha confirmado la sentencia del Tribunal Superior de Justicia de Catalunya (TSJC) que dictaminó la improcedencia de un despido disciplinario de una trabajadora de Merca dona, gerente de la sección de pescadería de un establecimiento de la cadena, que regaló a una clienta una pescadilla que iba a ser tirada a la basura, según ha comunicado el alto tribunal.

El 5 de octubre de 2013, el supermercado Merca dona despidió por falta laboral muy grave a una trabajadora con diecinueve años de antigüedad en la empresa. La empleada fue acusada de actuar de forma fraudulenta y con abuso de confianza por regalar a una clienta un producto -una pescadilla- destinado a la basura. La empresa consideró que la dependienta había incumplido el artículo 34 de su convenio que considera "el robo, hurto o malversación cometidos tanto respecto a la empresa como en relación con los compañeros de trabajo, sea cual sea el importe (...), la apropiación indebida de productos destinados a la basura o promoción (...). La trabajadora admitió los hechos y reconoció que actuó como lo hizo para evitar que el alimento se desperdiciara y se tirara a la basura.

El Tribunal Superior de Justicia de Cataluña (TSJC) confirmó una sentencia anterior de un juzgado social de Barcelona que ya consideró improcedente el despido de la trabajadora porque entendió que en la acción de la trabajadora no hubo robo, hurto, malversación o apropiación indebida. En este sentido, la sentencia afirma que, en todo caso, podría haber una falta grave de desobediencia al no cumplir dicha trabajadora las instrucciones de sus jefes en el ejercicio de sus funciones.COMENTARIO: Todo esto está muy bien, pero al desestimar el TS el recurso, Merca dona debe decidir si readmite a la empleada o la indemniza con la cantidad correspondiente al despido improcedente que sentenció el TSJC.
Y seguramente ningún medio se va a preocupar de qué va a sucederle a esta mujer. Y si finalmente no la readmiten (lo más probable) será una parada más en una franja de edad en la que se complica conseguir un nuevo trabajo.
Por no hablar de los empleados de Merca dona, a los que se les van a quitar las ganas que pudieran tener de regalar a algún cliente esas pescadillas que tengan que tirar...Pero tengo que decir que en Merca dona, los empleados deben de cumplir las órdenes, dadas por sus superiores y no complicarse la vida de esta manera, dicha esta observación creo que las ordenes no las dan los jefes de tienda por su cuenta sino, qué las ordenes provienen de un tío que ocupa el puesto 223 en la lista Forbes de los hombres más ricos del mundo, con una fortuna estimada de 4.400 millones de euros y que, como se suele decir, cada vez que abre la boca sube el pan, ¿Qué se puede esperar?
Por cierto, ya se intentó en Twitter (2012) un boicot con el hasta #boicotamercadona… SIN NINGÚN ÉXITO.
Las "perlas" del presidente de Merca dona, responsable directo de la política con la que maneja a todas sus empresas, darían para varios libros, no hay más que tirar de hemeroteca.LA RECORTA…

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