Un juzgado retira a una madre la custodia de su hija por falta de adaptación al catalán
La resolución acredita que
el cambio de domicilio, por motivos laborales de la madre, no será
"positivo" para la menor, pese a cobrar 25.000 euros brutos al año.
La juez incide en que el idioma podría ser un "escollo" para la
evolución de la niña, además de la falta de lazos familiares en la ciudad.
También afirma que la madre tendrá más dificultades para atender a su hija que
el padre, actualmente en paro. La madre deberá pasar una pensión de 200 euros
mensuales al padre. EUROPA PRESS.
22.03.2014 Una sentencia del Juzgado Número 2 de Güímar (Tenerife) ha retirado
la custodia de una niña a su madre debido a su falta de adaptación a Ripollet
(Barcelona), lugar al que se trasladó a vivir por motivos laborales. La
resolución, hecha pública este viernes, sostiene que "no está
acreditado" que el cambio de domicilio haya sido "positivo" para
la menor, de cuatro años, pese a que su padre está en paro y la madre cobra un
salario anual de 25.000 euros brutos. La jueza incide en que Cataluña tiene
unas "características de integración especiales" Además, la jueza
incide en que Cataluña tiene unas "características especiales de
integración", ya que aparte de sus costumbres propias, se añade la
"dificultad" del catalán, "que de todos es conocido, es lengua
empleada por gran parte de la sociedad catalana así como por los
colegios". De hecho, la sentencia no descarta que el idioma sea un
"escollo" en su evolución, a lo que añade la falta de lazos
familiares en la ciudad a excepción de su abuela materna, a diferencia de lo
que sucede en Tenerife, donde vive su padre. Dificultades para conciliar la
atención a su hija Asimismo, reconoce que aunque la madre tenga empleo, tiene
más dificultades para conciliar la atención a su hija que el padre, que
actualmente está en situación de desempleo y, por tanto tiene "más
disponibilidad horaria" para hacerse cargo del cuidado. Por ello, además,
de recibir la custodia, la madre deberá pasar una pensión mensual de 200 euros
al padre, que cobra algo menos de 800 euros en concepto de desempleo. Contra la
sentencia cabe interponer recurso de apelación en un plazo máximo de 20 días.
COMENTARIO: Creo que al paso que vamos la justicia Española,
no hay quien la entienda, primero que cual quiere niño o niña de esta edad,
puede adaptarse perfecta mente a cual quiere idioma o costumbres del ligar
donde viva, segundo que hacemos con este/a, menor cuando este adaptada y tenga
que regresar con su madre, tendrá que volver a adaptarse otra ved, Que
clase de juez es esta, acaso si fuera su hija/o, hubiera dictado esta sentencia.
¿Cuándo canarias tiene una de las tasas de paro más altas del país? Con este
tipo de sentencias a los jueces/a no hay quien los entienda así va el País…LA RECORTA.
No hay comentarios:
Publicar un comentario